¿Te han sancionado? Recurrimos las sanciones de la Agencia Tributaria
Muchas sanciones de la Agencia Tributaria son recurribles porque no acreditan suficientemente la culpabilidad del contribuyente o no están bien motivadas. Como abogados tributarios, analizamos tu expediente sancionador y lo impugnamos con criterio técnico, controlando cada plazo para anular o reducir la sanción.
Cómo impugnamos una sanción de la Agencia Tributaria
Análisis del expediente sancionador
Estudiamos la sanción, su fundamento y el procedimiento seguido por la Agencia Tributaria para detectar los motivos de impugnación y valorar las probabilidades de éxito.
Falta de motivación y de culpabilidad
Una sanción no es automática: la Administración debe acreditar y motivar tu culpabilidad. La ausencia o insuficiencia de esa motivación es uno de los argumentos que más anulaciones consigue.
Recurso de reposición
Cuando procede, interponemos recurso de reposición ante el propio órgano para que revise y anule la sanción antes de acudir a la vía económico-administrativa.
Reclamación económico-administrativa
Llevamos tu caso ante los Tribunales Económico-Administrativos (TEAR y TEAC) y, si es necesario, preparamos el camino hacia la vía contencioso-administrativa.
Reducciones por conformidad y pronto pago
Cuando recurrir no es la mejor opción, calculamos el ahorro de las reducciones por conformidad y por pronto pago para que tomes la decisión más rentable.
Suspensión de la deuda
Solicitamos la suspensión del ingreso de la sanción mientras se resuelve el recurso, para que no tengas que pagar antes de que se decida si era procedente.
Recurrimos tu sanción con criterio técnico
Una sanción no se impone por el simple hecho de que exista una deuda: la Administración tiene que probar tu culpabilidad y motivarla. Revisamos si lo ha hecho correctamente y, si no, lo hacemos valer en el recurso para defender tus intereses.
Analizamos tu sanción sin compromiso
Envíanos la sanción que te ha notificado la Agencia Tributaria y te diremos si es recurrible, con qué argumentos y en qué plazo. Primera consulta sin coste.
¿Has recibido una notificación de la Agencia Tributaria?
No dejes pasar los plazos. Estudiamos tu caso y te asesoramos para presentar el recurso o escrito adecuado.
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Jaime Gutiérrez
CEO
